Venta ambulante de comida, esta es una de las preguntas mas recurrentes estos últimos meses, hay emprendedores que ven una salida en este tipo de negocios y queremos mediante este artículo aclarar las dudas al respecto de este tipo de negocios.
“Se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda”.
La venta ambulante de comida esta sometida a varias legislaciones, normas comunitarias, nacionales y las realizadas por las comunidades autónomas; todas suelen ser generales dejando en manos de los ayuntamientos la regulación de las mismas mediante ordenanzas (que determinan ubicaciones y tipos de venta y productos permitidos) y tambien deben cumplirse todas las disposiciones vigentes en materia de higiene, calidad, sanidad y seguridad alimentaria.
De nuevo chocamos en este pais con 17 legislaciones diferentes y 8.100 ORDENANZAS correspondientes en cada ayuntamiento, hay ayuntamientos que lo regulan mucho (sobre todo los mas grandes) y otros que simplemente pasan muy por encima.
El primer paso es revisar las ordenanzas de los ayuntamientos donde queramos operar, en casi todos permiten la venta ambulante de comida en ferias y mercadillos, también hay algunos que permiten la venta itinerante, puestos fijos, móviles etc..
Por ejemplo imaginemos que pasa una carretera por las afueras del pueblo y queremos colocar un food-truck los sábados y domingos. ¿Es una actividad prohibida? No necesariamente si el ayuntamiento no lo regoge en su ordenanza o si nos autoriza a hacerlo (Esto extensible a zonas de playa, eventos deportivos, culturales, festivales, etc…).
Los pasos legales a seguir para hacerse vendedor ambulante de comida són las siguientes:
- Alta en IAE, sin establecimiento permanente (4781 Comercio al por menor en mercados y mercadillos de alimentos y bebidas).
- Alta como autónomo en SS.SS, puedes elegir la base mínima, la reducida para comercio ambulante o la super-reducida si la actividad de comercio ambulante se realiza en periodos de tres días a la semana (con jornadas inferiores a 8 horas).
- Solicitud de autorización municipal para venta ambulante, en función del ayuntamiento van de 1 año a 15 años y permiten la venta en diferentes situaciones (mercadillos, puestos fijos, itinerantes, ferias, etc…).
- Certificado de Manipulador de Alimentos (para todos los que trabajen en el puesto).
- Seguro Responsabilidad Civil (NO OBLIGTORIO), se recomienda para evitar problemas derivados de la actividad.
Normativas Generales a tener en cuenta:
- REAL DECRETO 199/2010, Normativa para el ejercicio de la venta ambulante
- REAL DECRETO D. 3484/2000 prohíbe la preparación de alimentos en zonas donde se puedan contaminar del exterior y disponer de agua potable fría y caliente, conexión a desagüe, fregadero o lavavajillas, y aseo; al equipar nuestro food-track tenemos que tener cuidado con esta normativa, aunque muchos ayuntamientos no la tienen en cuenta y autorizan incluso carritos ambulantes (tipo perritos calientes).
- REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004, referentes al mantenimiento de la cadena de frio, buenas prácticas en la preparacion alimentos y sistemas APPCC.
- Ley 7/1996 (Capítulo III, IV y V), de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
No hay que olvidar que se pueden llegar a acuerdos con propietarios de suelo privado (empresas, centros comerciales, parking de oficinas, etc) para colocar nuestro food-truck.
LEGISLACION DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS:
VENTA AMBULANTE ARAGON:
- LEY 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón
- Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón
- Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (documento pdf)
- Reglamento del Mercado de Venta Ambulante de Zaragoza
VENTA AMBULANTE ANDALUCIA:
- Decreto 63/2011, de 22 de marzo, por el que se regula el registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía (BOJA núm. 69, de 7 de abril de 2011)
- Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante, modificado por el decreto Ley 1/2013, de 29 de enero (BOJA núm. 63, de 30 de marzo de 2012)
- Orden de 23 de enero de 2015, por la que se aprueba el Plan de Activación del Comercio Ambulante en Andalucía para el período 2015/2017 (BOJA número 25 de 6 de febrero de 2015)
- Orden de 9 de mayo de 2017, por la que se actualizan los formularios normalizados que figuran como Anexos II y III en el Decreto 63/2011, de 22 de marzo, por el que se regula el Registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía
- Modelo de Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante, actualizado a 15/11/2016 (pdf)
VENTA AMBULANTE MADRID:
- Decreto 130/2002 (Título V, capítulo II), de 18 de julio, que desarrolla la ley 16/1999.
- Ley 16/1999, de 29 de abril, de comercio interior de la Comunidad de Madrid
- Decreto 17/1998, de 5 de febrero, que desarrolla la ley 1/1997
- Ley 1/1997, de 8 de enero, reguladora de la Venta Ambulante en la Comunidad de Madrid
VENTA AMBULANTE VALENCIA:
- Artículos 43 a 47 de la Ley 3/2011, de la Generalitat, de Comercio de la Comunitat Valenciana, (DOCV núm. 6488, de 25 de marzo)
- DECRETO 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana
Autor: Juan Pedro Ruesca Ubide – CEO Expomaquinaria – 2018
Prohibida la reproducción total o parcial sin autorización expresa de Expomaquinaria IRC S.L.
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Guia para montar un negocio de venta ambulante de comida
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Buenas,
Muchísimas gracias por describir con detalle los pasos a seguir. Yo tengo varias preguntas respecto a la seguridad social. Aunque las jornadas para poder tener la super reducida de Seguridad Social tenga que ser menores a 8 horas, ¿esto no tiene un límite mensual?
No sé si conoces, pero de vez en cuando se ponen un monton de foodtrucks cerca de Torre Picasso (Madrid) pero solo se ponen un tiempo determinado unos meses y son muchísimos pero luego no se les vuelve a ver. ¿Esto es porque tienen permiso solo para un tiempo determinado?
Lo primero que tengo que hacer entonces es estudiarme las 8100 ordenanzas de mi ayuntamiento y si no prohibe exclusivamente la posición de mi foodtruck en un lugar concreto lo puedo poner? Las ordenanzas son tan especificas que dicen en que lugar se pueden poner o no? Como funciona?
Muchas gracias!
Hola buenas…quiero abrir un negocio de venta ambulante fija de comida en valencia y necesito saber los papeles necesarios para poder autorizar la venta al publico. Atte. Carmen Gracias
Según el DECRETO 65/2012, de 20 de abril, del Consel “Se considera venta ambulante la modalidad de venta no sedentaria practicada en ubicación móvil, de manera y con medios que permitan al vendedor ofertar su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en distintos lugares sucesivamente y por el tiempo necesario para efectuar la venta”. Según la ordenanza reguladora de actividades, instalaciones, como norma general según en artículo 4 de esta ordenanza se prohíbe la venta ambulante en todo el término municipal de Valencia. Lo que supone una gran dificultad para este tipo de negocios.
A partir del 2015 se hizo una escepción a esta norma, distinguiendo el tipo de puesto, clasificando los puestos de alimentos en tres modalidades. Si se manipulaban alimentos como bocadillos o salchichas, deberían cumplir unos requisitos, al tener una cocina delimitada y acometida de agua potable. El segundo tipo suponía menos riesgo sanitario y se acotaba a los tenderetes que ofertaban encurtidos, quesos y productos que no requieran manipulación. Precisaríán agua, pero puede ser de depósitos. La tercera modalidad fue la de alimentos envasados. En En la que se pedía que estubieran correctamente etiquetados y envasados para conocer su procedencia y las fechas de envasado. Entre los documentos, tendrán que presentar una memoria, detallando qué alimentos van a poner a la venta.
Hola mi pregunta es tengo un local en Sevilla y quiero vender otro artículo pero no me cabe en la tienda podría poner el artículo fuera de la tienda . El local tiene un voladizo de suelo privado tendría algún problema. Gracias y un saludo
Tendrás que revisar la normativa de Sevilla, desconozco si en la acera puede exponersen artículos. Por lo general los ayuntamientos permiten una ocupación de la via publica (bajo pago por supuesto) en determinadas circunstancias, anchura de calle, ferias, etc… los mejor es solicitarlo a ver que te dicen.
Hola quiero poner una venta de perritos calientes en un local pequeño en Barcelona que debo de hacer para sacar la licencia?
Hola, gestionamos una actividad de actividad física en la natura en un terreno privado. Recientemente hemos puesto un foodtruck allí, el terreno es alquilado y el propietario está de acuerdo. Mi pergunta es: tengo que pedir algún tipo de permiso al ayuntamiento del municipio o al ser una finca privada no es necesario? Muchas gracias!
Tendrias que comunicarlo al ayuntamiento para que fuera una actividad legalizada, ya que atiendes a público. Además te pediran que tengas baños para clientes.
Saludos Expomaquinaria! es muy interesante el artículo aunque no cubre mis dudas y os las planteo agradeciendo cualquiera ayuda o comentario que venga. Desde hoy yo os sigo, gracias.
Hola:
Quiero haceros una pregunta, vivo en un barrio de madrid y me gustaria poner mi food trucķ en un campo de futbol del ayuntamiento quiero ponerlo los sabados y domingos,el campo no tiene cafeteria ni nada que no aria cómpetencia a nadie, mi pregunta es:donde tengo que ir a pedir permisos para poder ponerlo?? Y que permisos me van a pedir?? Un saludo y gracias.
En principio el permiso lo debe dar el propietario del campo de futbol si está en el interior de las instalaciones el gestor del campo que debe ser un departamento del ayuntamiento. Este tipo de cosas las suelen permitir y no ponen probemas. A nivel de papeles la foodtruck debe pasar por sanidad para verificar que cumple normativa y debes estar dado de alta en el 036 de hacienda y tener al dia los autonomos.
Hola!! Me gustaria saber si puedo poner un asador de pollo para llevar, en un kiosko que era de prensa, y no tiene aseo .
Si es para llevar no necesitas baño para clientes; en cualquier caso necesitarás agua corriente y desagüe, no sé si es posible este supuesto no hemos tenido ningún cliente con este problema (hasta el momento).
hola me pueden hacer el favor de enviarme los precios de carritos de comidas ambulantes con fotografias muchas gracias
Estamos elaborando el catálogo y no disponemos todavía de información para poder presentarte.
Muy buenas, es un artículo bastante interesante e informativo aunque me gustaría haceros una consulta. Estoy intentando iniciar un negocio de food-truck y la verdad es que no me estoy enterando de nada. He ido a varios ayuntamientos y preguntado a varios coordinadores de eventos y me dicen todos lo mismo «No hay sitio para tu remolque, rellena esta solicitud por si alguien te cede el emplazamiento» teniendo en cuenta que pregunté por ubicaciones en festivales, zonas de playa, etc. a lo que quiero llegar es que, por lo que estoy entendiendo en vuestro artículo, solamente necesito un permiso municipal y me puedo plantar en un festival ¿Es así o estoy equivocada?
Espero vuestra respuesta, gracias.
Un saludo.
Hay varios tipos de posibilidades:
– Mercadillos, por lo general nadie te pondrá problemas para ir a cualquiera de ellos pagarás la tasa correspondiente y listo.
– Eventos Food Tuck: Son realizados por empresas o particulares, muchos de ellos son asociaciones de varias food truck que no permiten en sus eventos otra competencia por eso te dicen que no hay mas sitio.
En festivales de organizacion privada no puedes estar si la organización note lo permite, en festivales públicos són los ayuntamientos los que lo conceden.
En tu caso empezaría por acudir a fiestas de pueblos pequeños o medianos que no suele haber tanto problema y así poco a poco hacerte un sitio en este mercado, que como todos los actuales tiene mucha competencia.
Muy buenas tardes, lo primero de todo felicitarte, tiene entradas muy útiles e interesantes, me preguntaba si sería posible que me respondierais a una pregunta. Me estaba planteado adquirir una furgoneta 2CV con un peso en vacío de 770 kilos, y modificarla para poder vender en ella cafés y bollería procesada, mi duda es acerca de la movilidad, podre moverme libremente por mi ciudad (Valladolid) parando en ciertas zonas a vender café y bollería, o por el contrario la furgoneta deberá de estar estacionada en un mismo sitio sin la posibilidad de moverse.
Muchas gracias por adelantado.
Cada ciudad tiene una legislación específica para la venta ambulante, en España lo habitual es que lo que planteas esté prohibido por el ayuntamiento. Podrás llevar tu furgoneta a mercadillos, ferias y zonas que permita la venta ambulante. Tambien puedes solicitar al ayuntamiento permiso para dias concretos y ubicaciones concretas. Un ejemplo són las churrerias que los festivos se ponen siempre en una ubicación.
Buenas voy a montar una churrería portátil mi pregunta es. Es necesario un registro sanitario y una licencia de apertura para el remolque. Y si es así donde me tengo que dirigir vivo en Valencia muchas gracias
No es necesario registro sanitario, debes pasar revisión de sanidad al remolque (superficies no porosas, etc..). No es necesaria licencia de apertura, solo estar dado de alta en hacienda como venta ambulante.
Buenas, tenemos un remolque de churros para trabajarlo en las fallas de Valencia, me podrias asesorar con el tema de papeles , que necesita, y sanidad que te pide arriba del remolque. Muchas gracias.
Los requisitos sanitarios son los mismos que tienes en la cocina de un bar; sobre todo superficies no porosas y todo lo que esté en contacto con alimentos que sea de acero inoxidable.
Estoy interesado en ubicar mi puesto en una finca privada con acceso a carretera, estaría situado en ourense,cerca de una zona de afluencia de gente, que permiso tendría que pedir para vender en una finca privada
Un permiso del ayuntamiento sería suficiente.
Hola estoy apunto de comprar un camión preparado para hamburguesa, perritos, etc en Sevilla para traerlo a Tenerife. Mi duda es puedo vender en cualquier mercadillo de la isla, fiestas, etc?
No puedo ayudarte, desconozco si hay un normativa especifica para food trucks en Canarias, en principio en la peninsula puedes montar tu food truck sin problemas en mercadillos, fiestas locales, etc..
Hola soy nueva y quiero comprar un remolque de venta comida y bocadillos y quiero saber se lo puedo dejar al mismo sitio de la venta? o la tingo qui llevar en el coche .y se puedo vender en varios sitios??saludos
La venta ambulante es «AMBULANTE» puedes llevarla a diferentes sitios, ferias, mercadillos, etc..
Hola,
He leído en una de sus respuestas que «Hay dos tipos de food-trucks las furgonetas modificadas (cuyo proyecto debe visarlo un ingeniero) que pasan ITV y las caravanas hasta 750 Kg que están en tierra de nadie (no pasan ITV) y mientras no se modifique su estructura la gente hace lo que le pasa por por los coj…»
¿Qué pasa con los remolques?
Aparte de esto, estoy con la idea de comprar uno y me gustaría saber si debería pasar alguna revisión posterior por parte de Sanidad una vez montado (listo para trabajar con freidora, neveras, etc) o será cada ayuntamiento el que lo tenga que revisar antes de darme su permiso para vender en las ferias o mercadillos locales.
Gracias de antemano .
Estamos en el mismo caso, los remolques hasta 750 kg estan en tierra de nadie (a nivel de ITV como vehículo), aunque eso no les exime de cumplir la normativa sanitaria (superficies no porosas, refrigeración, etc…) y si hay instalaciones eléctricas o de gas su correspondiente boletin firmado por un profesional con carne habilitante. Depende de la comunidad autónoma el remolque puede revisarse por el departamenteo de sanidad y esa revisión la aceptan todos los ayuntamientos.
Muchas gracias por su respuesta.
Y tengo una aúltima duda que lo mejor sirve para alguien más: en una Food Truk imagino que no está permitido tener habilitada una zona para baño o para dormir verdad.
Gracis de antemano nuevamente!
Siempre que esté separada de la zona de servicio no deberia tener ningún problema, el problema es que la separación ocupa mucho sitio y te quedas sin caravana.
Hola quiero abrir una churreria en la coruña,no se si puedo instalar un puesto en la calle con bombonas de gas butano,quiero ir por la ferias,romerías,comidas campestres …..y si es posible un puesto fijo en las puertas de un centro comercial.
Normalmente estas churrerias ambulantes se intalan en remolques adaptados para churrería, que además deben cumplir la normativa sanitaria; no sabemos que contestar es ente caso que seria colocar una carpa, la churrera y a vender. No recuerdo en que pais vi un carro portatil con una churrera y una campana con filtros de carbon en un centro comercial; la verdad es quen el carrito no sería dificil de replicar.
Hola buenos días, estoy interesada en embarcarme en la venta ambulante de comida. Mi idea es modificar un remolque amplio, para servir comidas como creps, gofres, y comida salada. No tengo ni idea de nada y he visto que contestas muy bien a las preguntas que te hacen. Podrías orientarme un poco? por ejemplo si es más económico ir a una empresa que prepare remolques para estos fines o por el contrario, prepararla yo y luego pedir las autorizaciones y demás. He leído que hay que pasar ITV y que un/a arquitectx debe de realizar el proyecto. me urge respuesta pues me gustaría empezar para este verano este proyecto tan bonito.
Gracias de antemano
Actualmente la legislación es un poco ambigüa; si el remolque tiene menos de 750 kg no necesita ni proyecto ni pasar ITV. Siempre es mejor acudir a una empresa especializada que pueda hacer un proyecto acorde con la normativa sanitaria, de baja tensión y de gas (con sus boletines correspondientes). Expomaquinaria tiene un taller que prepara caravanas para uso de food-truck y podemos asesorarte. Puedes llamar a nuestro departamento comercial al 976 20 88 88.
Hola tengo interés en ir con una máquina de zumos a eventos que permisivos necesitaría alguno sanitario?
No puedo responderte a esa pregunta con seguridad, a nivel sanitario hay unas normativas que cumplir; licencia fiscal y en cualquier caso dependen siempre del ayuntamiento donde se celebre el evento.
Se podría vender en una finca privada
Buenos días,
Estoy interesada en montar un quiosco de comida fijo en Fuengirola (Málaga). Mi duda es a que reglamentos/legislaciones tengo que atenerme. De momento en el ayuntamiento me han dicho que consulte la Ordenanza sobre uso de la Vía Pública, pero prácticamente sólo limita la colocación del puesto. No se muy bien ni por dónde empezar y no me dan nada de información en el Ayuntamiento. Si me podéis echar una mano para comenzar os lo agradecería mucho!
A las administraciones no les gusta demasiado la colocación de kioscos de comida fijos por lo que no suelen dar ningún tipo de facilidades; si que no suelen poner problemas si se colocan puestos en los mercadillos, ferias, fiestas patronales, etc..
muchas gracias me ha gustado mucho la explicacion ya se a donde puedo dirigirme y lo que tengo q hacer muchas gracias un saludo
Hola, tengo una autocaravana hymer tipo capuchina y me gustaría saber si puedo instalar una máquina de helados y trabajar con ella manteniendo el baño.No sé donde encontrar información fiable.
Hola, este tipo de cambio representa una reforma de importancia, por lo que debe estar firmada por un ingeniero y pasar la ITV después de la reforma del vehículo.
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Hola quisiera emprender un negocio movil de perrotos caliente mi ideal es trabajar todos los dias en un puesto fijo . Y tambien ir por sitios que vea bien. ¿ que debo de hacer?
La venta de comida en carritos o similares está muy restringida a mercadillos y ferias; pocos ayuntamientos permiten esta actividad de manera legal.
Hola he visto muchisimas fotos del interior de food truck ( camiones y caravanas, etc…) y el acero inoxidable y fregaderos agua fria y caliente, brilla por su ausencia, incluidas las de cierto programa televisivo.
mi pregunta es:
¿Que organismo es el encargado de revisar mi vehiculo (sea cual sea) que tenga esos requisitos?
¿Si elaboras o no son epigrafes distintos? por ejemplo vendo algo envasado por terceros o hago yo la hamburguesa in situ…
y por otro lado seria interesante que hicieran un post que trate sobre esas equipaciones o referencias a alguna normativa.
un saludo y gracias por los aportes
Expomaquinaria participó junto a una empresa de Zaragoza que se dedica a los FOOD-TRUCKS en el equipamiento de uno de los furgones de ese programa de televisión, en nuestro trabajo si que habia agua caliente, fria, fregaderos y lavamanos, así como elementos de trabajo de acero inoxidable y extracción.
Hay dos tipos de food-trucks las furgonetas modificadas (cuyo proyecto debe visarlo un ingeniero) que pasan ITV y las caravanas hasta 750 Kg que están en tierra de nadie (no pasan ITV) y mientras no se modifique su estructura la gente hace lo que le pasa por por los coj…
Teóricamente como las competencias las tienen los ayuntamientos, estos són los responsables de revisar la FOOD-TRUCK y dar o no el permiso para que puedan ejercer el comercio y que cumplan la normativa sanitaria vigente.
Tienes razón, deberiamos realizar algún post para completar la información que actualmente es escasa en la red.
Hola,sabe usted la normatgiva sanitaria que se aplica a los food truck en Andalucía? en cuanto a pintura, tipo de suelo, etc
Muchas gracias
En Andalucía la única ley de referencia es la de comercio ambulante, que más bien ayuda poco o nada a aclarar tu pregunta ya que se limita a dar a los ayuntamientos la potestad para autorizar las ubicaciones permitidas.
Para contestar tu presunta debemos referirnos a la actual normativa sanitaria, el tipo de suelo no debe ser poroso y tampoco debe resbalar si está mojado o con grasas; nosotros estamos poniento paneles WISA que se utilizan para el suelo de los camiones.
El resto de la superficie interior de la food-truck debería ser no porosa y fácil de limpiar, por ejemplo láminas de aluminio o acero inoxidable, pintura epoxi alimentaria, etc..
Así tienes un pequeño terreno en el centro de una ciudad, sería posible poner un foodtruck.
Que tipo de permisos necesitarías?
Gracias
Necesitas que en el ayuntamiento te aprueben la ubicación, la actividad y el horario de apertura.
hola.tengo un camion churreria y no consigo ponerlo en marcha porque nome dan permiso.es posible ponerlo en un sitio privado como un centro comercial o algo parecido?.quien podria informarme sobre todo esto?.GRACIAS.
Puedes acudir a las ferias que se realizan en los pueblos (se permite esta actividad), también puedes solicitar permisos en muchos pueblos para ubicar el camión «sábado o domingo» en algún punto del pueblo; otra opción es alquilar un espacio en un centro comercial.
porque razón no te dan los permisos? no es nada personal ni tema de curiosidad es simplemente que yo me estoy montando un remolque de venta ambulante y tengo miedo de que me pase ese tema
A ver la food-truck tiene que cumplir la normativa sanitaria y de instalaciones industriales, pero el permiso lo da «cada ayuntamiento donde ubiques la food-truck»; normalmente en los mercadillos no suelen poner problemas, ferias, fiestas, etc…
Si quieres saber la realidad, simplemente, pregunta antes de hacer una inversión, en ferias está complicado, casi todos los sitios van gestionados por asociaciones de feriantes, exceptuando algún pueblecito. En eventos de food truck es fácil, lo dificil es ganar dinero con los gastos que conlleva,(gasolina, genero que tiras, hotel, pagar personal,etc…) y en centros comerciales es viable según el precio que te pongan,ten en cuenta que en España las leyes están hechas para no dejar vivir, y les repatea la idea de gente emprendedora que hace un negocio sin tener que pagar agua, basura, contribución, escrituras, alquileres, («luz», aunque nos salga mas cara que a nadie)etc.., yo he llegado a tal punto que paso de pagar por sitios inviables, es mejor quedarse tumbado en el sofá tomando una buena cerveza y si hace falta un buén marisco, que ir a un evento a ver si teniendo suerte cubres gastos, y trabajando por el amor al arte. «que se vallan a robar a Sierra Morena». Este mensaje lo publicaste en 2015, a día de hoy si montaste tu remolque te habrás dado cuenta de el enchufismo y la «Mafia» que hay organizada en este terreno. Por muchas normativas sanitarias,alta en IAE, autonomos, manipulador de alimentos, registro sanitario, y demás papeleos que tengas la ley no permite en la mayoria de los casos ejercer la actividad, y digo yó! entonces para que leches quieren tanto, si no se puede!! Saludos cordiales.
hola,
megusteria saber si se puede vender tipico pescado frito holandes desde un remolque, specializido construida pare este trabajo, en Marbella.
En Holanda se ve este remolques en cualquer sito y no es una problema mientras tiene todas las papeles en regla.
Y si no se puede hacer en via publica como esta el tema en terreno privado.
Espero tener pronto una repuesta de tu parte.
Gracias
En España estamos un poco en pañales con este tema de hecho la licencia de venta la dan los ayuntamientos cuando realmente un establecimiento «MOVIL» debería regularse de otra manera.
con respecto a tu pregunta si el food-truck está equipado con la maquinaria necesaria para una cocina: Refrigeradores, extracción, superficies de trabajo inoxidables, lavamanos, etc… no debería haber ningún problema, de hecho se suelen tolerar en mercadillos y ferias. También en terrenos privados, centros comerciales, etc.. (Aunque siempre contando con la preceptiva licencia del ayuntamiento).
Para colocar un food truck en suelo privado, ¿no debe de haber una licencia de restauración en dicho terreno?, ¿podría yo, por ejemplo, vender hamburguesas o croquetas o lo que sea, con un mero permiso por parte del dueño?
El dueño te da permiso y tu debes ir al ayuntamiento a solicitar licencia municipal, que si cumples la normativa sanitaria no deberían denegartela.
Hola, no tengo muy clara su respuesta con respecto a la instalación en suelo privado. Según tengo entendido, los ayuntamientos dan dos tipos de licencias: Apertura de establecimiento de comidas o Venta ambulante de comidas. En un solar privado, un ayuntamiento no puede exigir una licencia de venta ambulante, pues no está en espacio de titularidad pública. Por otro lado, un food-truck NO es un establecimiento fijo de hostelería. En caso de suelo privado, el food-truck actuaría como un servicio de catering que al no tener un establecimiento fijo que requiera de licencia municipal de apertura, si requeriría una autorización sanitaria autonómica y el resto de requisitos legales (seguros, IAE, Seguridad Social, etc.) Otro tema es que el Ayuntamiento en su ansia recaudadora, exija ilegalmente que se tenga una licencia de «apertura» para cada emplazamiento privado que tengamos a lo largo del mes, algo ABSURDO.
Por ahí van los tiros, en suelo privado realmente es un servicio «tipo catering»; no suelen meterse cuando las actividades se ralizan en centros comerciales pero si són suelos privados abiertos al público si que suelen exigir un permiso de venta ambulante. Esto se debe a que los negocios de hosteleria cercanos suelen denunciar rápidamente cualquier ubicación de una food-truck.
Hola mi pregunta es montar una barbacoa de poner y quitar todo rápido con su mesa nevera solo pinchos y longanizas etc poco no mucho en las ferias de los pueblos que necesito en en el tema de papeleo y requisitos de trabajo cuales pasan por controles de sanidad etc o es mejor modificar una caravana de 750 kg y dejarla con todo preparado i si es así que condiciones debe cumplir.