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Frigorificos de farmacia – Legislación de conservación de medicamentos

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Frigoríficos de Farmacia:

Legislación para la conservación de productos farmaceuticos

Frigoríficos de farmacia – La conservación optima de los medicamentos y vacunas es esencial para mantener su actividad farmacológica.

La ley 25/1990 del 20 de diciembre dicta en el articulo 3, punto 5 » La custodia, conservación y dispensación de medicamentos corresponderá:

Las oficinas de farmacia abiertas al publico y legalmente autorizadas

A los servicios de farmacia de los hospitales, centros de salud y estructuras de atención primaria»

Esta ley también dice en el articulo 87 punto f que «Se consideran funciones que garantizan el uso racional del medicamento en atención primaria: La custodia y correcta conservación de los medicamentos a cargo».

En la ley 19/1998 del 25 de noviembre dispone en su articulo 11 que las farmacias están obligadas a mantener las condiciones de temperatura adecuadas para garantizar la conservación de cada medicamento.

¿Qué necesito para mantener una temperatura controlada?

Los frigoríficos de farmacia deben llevar un registro diario de temperatura máxima y mínima en el que apuntaremos también las actuaciones que se llevaron a cabo en caso de anomalía. Los registros se archivarán para posterior consulta.

En caso de una recepción de medicamentos termolábiles se comprobará que se ha mantenido la cadena del frío con efectividad. Se llevará un registro de las anomalías como roturas en la cadena del frío y su devolución al proveedor.

Los medicamentos deteriorados o que ofrezcan dudas sobre su conservación serán rechazados o destruidos si no es posible la devolución.

Normas concretas para laboratoriosFrigorífico de Farmacia - Neveras para Laboratorio

La ley 25/1990 dispone las obligaciones de los laboratorios.

El laboratorio tendrá plena responsabilidad sobre la calidad, pureza y estabilidad.

Para ello deberá realizar ensayos galénicos para garantizar la estabilidad y condiciones de conservación. Articulo 16 punto 6

Deberá garantizar un transporte adecuado, cumpliendo con las obligaciones impuestas. articulo 71.1 punto h

Rangos de temperatura de los medicamentos

En congelador: temperatura inferior a -15ºC

Frigorificos de farmacia: 2ºC a 8ºC

Lugar fresco: 8ºC a 15ºC

Temperatura ambiente: 15ºC a 25ºC

¿Cómo debemos tener los frigoríficos de farmacia?

  • Debe estar dotado de termostato (Rango de temperatura de 2ºC a 8ºC)
  • Estar alejado de toda fuente de calor, como radiadores o estufas.
  • No colocar peso encima de los frigoríficos farmacia para evitar el desajuste del cierre.
  • La nevera farmacia debe estar a unos 15 cm de distancia con respecto a la pared y una base debidamente nivelada.
  • Debe estar conectado a la red general con una toma de tierra no a derivaciones para evitar desconexiones.
  • La puerta solo se abrirá en caso de necesidad.
  • No ocupar más de la mitad de todo el espacio con el fin de permitir la circulación del frío.
  • Es aconsejable disponer de un enchufe de seguridad para evitar una desconexion fortuita.
  • Colocar en los últimos estantes de la nevera laboratorio botellas de agua salada o suero fisiológico ya que en caso de corte de luz permitirán mantener el frío durante 6-12 horas.
  • No colocar ningún producto ajeno a la farmacia como bebidas o comida.

Si son medicamentos envasados en conveniente que las puertas del frigorífico sean de cristal, de esta manera se puede visualizar el interior, sin embargo sin son productos de laboratorio sensibles a la luz deberán guardarse en neveras laboratorio con puertas opacas.

1 comentario
  1. Lu dice

    Excelente información, gracias por compartir!

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