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Medidas mínimas en bares y restaurantes

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Medidas mínimas en bares y restaurantes, después de mil preguntas de nuestros clientes nos hemos decidido a hacer un artículo sobre superficies, alturas mínimas, y medidas usualmente utilizadas en locales destinados a hostelería.

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5 PREGUNTAS FRECUENTES de medidas de un bar:

Ordenanzas Municipales sobre Bares: Ordenanzas municipaes

Las ordenanzas municipales pueden establecer superficies mínimas para determinados recintos de uso en restauración. Se regulan superficies de comedor, cocinas, almacenes, o la superficie total, depende de dónde queramos abrir el negocio.

Hemos de indicar que estas medidas pueden variar de un ayuntamiento a otro, ya que estos són los responsables de legislar en este sentido, concretamente en el PGOU (Plan general de ordenación urbana) de cada municipio, por lo que además de leer este artículo deberiais consultar el de vuestra ciudad o municipio. Tambien debemos decir que los políticos ( y los técnicos amigos de los políticos) suelen tener poca imaginación y se van copiando de unos a otros, por lo que seguramente lo que escribimos aquí sea válido para el 90% de los municipios.

También indicar que Madrid a principios del año 2014 aprobo una normativa que abre la posibilidad de baños mixtos, cocinas abiertas (show cooking) y la abolición de medidas mínimas para facilitar la implantación de comercios y bares.

Medidas en SERVICIOS – BAÑOS:

Los bares y restaurantes deben tener servicios higiénicos a disposición del público y el acceso a los recintos que contienen el váter debe realizarse a través de un vestíbulo previo (acceso indirecto).

¿Cuantos Baños debe tener un bar? (según Aforo):

  • Hasta 50 personas de aforo: 1 lavabo y 2 cabinas
  • De 51 a 150 personas: 2 lavabos y 4 cabinas
  • De 151 a 300 personas: 2 lavabos y 6 cabinas

Cada una de las cabinas con wáter debe TENER VENTILACIÓN. (puede ser natural o forzada al exterior por un conducto (SHUNT) hasta la cuberta del edificio (mediante conducto exclusivo).  El aire se impulsa normalmente con pequeños extractores cenitales,  No hay que olvidar dejar entrar el aire en el recinto del váter (colocar rejillas en puertas).

¿Que tamaño y altura tienen los  Baños de un bar:

  • Dimensiones minimas cabina WC: 1,2 x 0,9 Mts
  • Altura Mínima Baños: Entre 2,1 y 2,3 Mts (Según municipio)

¿Que medidas tiene un baño de minusválidos?

Los baños de minusválidos deben poder tener suficiente espacio para que una silla de ruedas de un giro completo, las puertas deben siempre abrirse hacia afuera para permitir abrirlas desde afuera.

Medidas para un baño de minuisválidos

Medidas de cocinas en Bares y Restaurantes:

Un tal profesor Fuhrmann elaboró una tabla que resume las superficies necesarias para los diferentes ámbitos de una cocina (expresado en metros cuadrados por plaza) tal y como se muestra en la tabla siguiente:

DESCARGAR TABLA FUHRMANN – PULSE AQUI-

Seguramente estas medidas no las cumpliría ningún restaurantes de España, aunque deben ser estupendas para trabajar y si que es cierto que suelen tomarse de referencia por los arquitectos, pero como hablamos de medidas mínimas serian las siguientes:

  • La superficie dedicada a cocina debe ser superior a la suma 10% del local destinado a público mas el 20% de la zona destinada a Comedor. Como mínimo 4 M2 (5 Mts según algunos Municipos).
  • Altura Mínima: 2,50 Mts (Algunos Ayuntamientos 2,80 Mts)
  • Anchura Mínima de las Zonas de Trabajo: 0,80 Mts
  • Iluminación: 350 LUX en Zonas de trabajoy manipulación (Algunos ayuntamientos hasta 500 LUX), 150 en las de almacenaje y 300 en las de público.

Medidas del almacén de un bar:

  • Todos los establecimientos de hostelería deben disponer de un almacen equivalente a un 5% del local (Hasta un 8% según municipio).

Medidas del vestíbulo de un bar:

  • Según tipo de licencia: Nada, 7% o 10%

Medidas de la puerta de entradade un bar:

  • Mínimo anchura 0,90 cm y con rampa o acceso a minusválidos

Que medidas minimas debe tener un bar o restaurante:

  • De 20 a 75 m2 (En funcion del municipio) y aun mayor en funcion del tipo de licencia.

MEDIDAS CURIOSAS en Hostelería: 

  • Discotecas:  Deben tener una superficie delimitada para bailar de al menos un 10% del local y como mínimo 25 m2(Ordenanza de Bilbao, Huesca, etc..).
  • Cafés – Teatro: Deben tener una superficie mínima del 5% de escenario y como mínimo 20 m2 (Ordenanza Bilbao)

Insonorizacion de Locales de Hostelería:

La insonorización en bares y restaurantes es un tema fundamental para garantizar la comodidad y el bienestar de los clientes.

La ausencia de ruido excesivo contribuye a una experiencia más agradable y relajada, lo que se traduce en una mayor satisfacción del cliente y, en consecuencia, en un aumento de las ganancias para el negocio.

Sin embargo, lograr una insonorización adecuada no siempre es fácil. Es necesario conocer las mejores técnicas y materiales para minimizar el sonido y evitar molestias a los vecinos.

Técnicas más habituales para insonorizar locales de Hostelería:

Para lograr una insonorización mínima en un establecimiento de hostelería, es necesario tener en cuenta varios aspectos:

  • En primer lugar, es importante elegir materiales adecuados para las paredes, techos y suelos, que permitan minimizar la transmisión del sonido.
  • Se pueden utilizar paneles acústicos y materiales aislantes como lana de roca o espuma acústica.
  • Es recomendable limitar el volumen de la música y evitar la colocación de altavoces en zonas que puedan generar eco o reverberación, como techos altos o paredes sin revestimiento.
  • Utilizar cortinas o paneles textiles en las ventanas para absorber el sonido.
  • Colocación estratégica de pantallas acústicas para reducir la propagación del sonido hacia las zonas adyacentes.
  • Utilizar alfombras, cortinas y otros elementos decorativos que ayuden a absorber el sonido y reducir su eco en el local

Niveles de insonorización mínima en locales de Hostelería:

Para medir el nivel mínimo de insonorización en un establecimiento, es necesario realizar una medición acústica. Esta evaluación consiste en medir la cantidad de ruido que se genera dentro del local y la cantidad que se transmite al exterior.

Para ello, se utilizan equipos especializados que emiten el denominado «RUIDO ROSA» mediante diferentes altavoces distribuidos en el local por el técnico de sonido. Mediante un sonómetro el técnico medirá en diferentes puntos exteriores al local (puertas, ventanas, muros vecinos, etc..) en db los niveles de sonido que escapan a la insonorización.

En el “DB HR Protección frente al ruido” no se especifican valores límite de aislamiento acústico para los recintos ruidosos. No obstante, se deben cumplir los valores límite de ruido especificados en la Ley del Ruido, en concreto en el RD 1367/2007.

Los niveles mínimos de insonorización vienen determinados por las comunidades autónomas por ejemplo en Madrid:

  • Tipo 1. Actividad de pública concurrencia, sin equipos de reproducción/amplificación sonora o audiovisuales y funcionamiento diurno o parcialmente nocturno (de veintitrés a dos horas), con niveles sonoros de hasta 80 dBA y aforos inferiores a 100 personas. – Nivel mínimo de insonorización 40 Db
  • Tipo 2: Actividad de pública concurrencia, sin equipos de reproducción/amplificación audiovisual y funcionamiento parcial o totalmente nocturno y niveles sonoros de hasta 85 dBA. – Nivel mínimo de insonorización 45 Db
  • Tipo 3. Actividades de pública concurrencia, con equipos de reproducción/amplificación audiovisual y niveles sonoros entre 85 y 90 dBA, cualquiera que sea su horario de funcionamiento. – Nivel mínimo de insonorización 55 Db
  • Tipo 4. Actividades de pública concurrencia, con equipos de reproducción audiovisual con niveles sonoros superiores a 90 dBA o actuaciones en directo, cualquiera que sea su horario de funcionamiento. – Nivel mínimo de insonorización 58 Db

PREGUNTAS FRECUENTES de medidas de un bar:

-. ¿Puedo poner un solo aseo que sea mixto y accesible o tengo que tener uno accesible y otro aseo más?

En locales pequeños por lo general se permite solo un baño, que deberia ser adaptado a minusválidos.

-. ¿ Cuantos metros cuadrados tiene una cafetería como mínimo?

No hay ningun limite en cuestión de metros cuatrados, se denomina cafetería por que su principal producto es el café y aquellos relacionados con el café (En realidad todos los bares son cafeterias, incluso las licencias se denominan BAR / CAFETERIA).

-. Tengo una pequeña panadería 28m2, quiero poner terraza, ¿puedo usar solo un baño grande de 4m2 para uso general?

No, si pones terraza te aplicaran la normativa de bares por lo que necesitarias dos baños y uno de ellos con acceso minusválidos.

-. Cual es la medida de ancho mínima para el hueco de acceso a la barra?

El acceso de 75 cm es suficiente, no hay normativa al respecto, el interior de la barra es recomendable al menos un metro para que puedan cruzarse dos personas.

-. Quiero pasar la pequeña cocina de la cafetería al almacén del sótano para re-distribuir, ¿que necesito?

Los sotanos y las cocinas no se llevan demasiado bien; en cocina profesional en la mayoria de ayuntamientos prohiben las cocinas de gas en sótanos; por lo que el primer problema es que que todo debe ser electrico y eso implica un coste muy elevado en la  produccion de comida.

-. ¿Que altura es la recomendada para un restaurante de 150 m2. si se pienza utilizar para eventos ocasionalmente?

Una altura baja (2,50 metros) aunque sea legal nos va a hacer pequeño el comedor, yo te recomendaría alrededor de 3 metros o un poquito más.

-. ¿ la puerta de la cocina del restaurante con acceso al salón debe de tener unas mínimas medidas o tiene que ser puerta de vaivén o puede ser corredera?

Es recomendable que sea de vaiven (con ojo de buey) para que no se vea el interior de la cocina y de 2 metros de ancha a ser posible. Pero en muchos sitios no es posible y se usan puertas correderas e incluso abatibles.

-. ¿Cual es la diferencia real entre tener una licencia una cafeteria bar y un restaurante bar?

La verdad es que són casi lo mismo aunque normalmente las cafeterias no hacen tapas, esta sería la definición:

Definición de Bar y Café-Bar:

Establecimiento fijo o desmontable de pública concurrencia, cerrado, cubierto, semicubierto o descubierto
donde se sirve al público de manera profesional permanente, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador, aunque también puede servirse en mesas, bebidas. Se permite servir tapas, bocadillos, raciones y similares, siempre que su consumo se realice en las mismas condiciones que el de las bebidas y no implique la actividad de restauración

Definición de Cafetería:

Establecimiento de pública concurrencia cerrado y cubierto donde se sirve al público, de manera profesional y permanente, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador, aunque también puede servirse en mesas, bebidas y comidas a cualquier hora en las que permanezca abierto el establecimiento, confeccionados normalmente a la plancha o cualquier otro método que permita servir una comida rápida.

Tengo una pastelería/panadería y algunas mesas para tomar café.  Tenemos dos baños para el publico en los sótano. Mi pregunta es: ¿debo habilitar un espacio para servicios de minusválidos?

Si la licencia es antigüa no es necesario, otra cosa es que se produzca un cambio de titularidad y el ayuntamiento considere que es necesaria esta adaptación, aunque normalmente no suelen meterse con estos temas. El tema de las mesas para cafe en panaderias /pastelerías en loas cuales hace unos años se permitia el poner mesas altas sin cumplir requisitrosde licencia de cafetería parece que ha terminado.
En muchos ayuntamientos están exigiendo que se adecuen a la normativa de cafeterias cumpliend las ordenanzas; si este es el caso tendrás que adecuar de alguna manera esos baños o colocar algun ascensor de escalera adaptado.

-. ¿Se podría colocar una rampa de «quita y pon» para discapacitados (con sus medidas e inclinación adecuadas) o ¿ Se podría utilizar la acera como parte de la rampa?.

La rampa de acceso debe estar dentro del local; no puede utilizarse la acera para poner la rampa ya que sería un obstáculo para los peatones.
Las rampas de quita y pon no están permitidas, aunque puedes hacer rampas en cualquier material que no sea deslizante.

-. ¿Que medidas que deben tener las mesas y sillas de los bares y cafeterías?

No hay una normativa al respecto, pero las medidas de mesas  habituales són:

  • 60 cm (redonda o cuadrada) para cafeterías (con poca comida)
  • 70 cm para bares en general y comida de menú
  • 80 a 90 cm en restaurantes de carta.

Las sillas suelen estar a una altura 43 -45 cm; los taburetes 72 -75 cm y la altura de mas mesas 74 cm.

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95%

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Lectura esencial para emprendedores que quieran abrir un bar

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131 Comentarios
  1. David dice

    Buenas, al hacer una reforma de cafetería, cuando tienes que regirte a la nueva normativa? Puedo cambiar la barra de sitio? Abrir ventanas en la fachada sin musica? Pintar y poco más, sin ampliar. O solo pintar cambiar moviliario materiales sin mover nada? En Bilbao, gracias.

    1. expomaquinaria dice

      Las reformas que implican cambio de barra o ventanas son obras mayores que debes legalizar en el ayuntamiento, el proyecto debe hacerlo un ingeniero o arquitecto

  2. karen milena sepulveda castro dice

    Buena tarde,
    tengo una inquietud…
    actualmente tengo un establecimiento de expendido de bebidas alcohólicas para el consumo en el establecimiento, el municipio saco un decreto que debo trabajar a puerta cerrada…
    cuando tengo todos los papeles insonorizacion al nivel permitido siendo una zona comercial mixta
    esto es legalmente permitido ?? o que puedo hacer??

    1. expomaquinaria dice

      No entendemos la pregunta, los locales insonorizados trabajan a puerta cerrada para evitar transmitir ruido al exterior, esté en zona comercial o nó.

  3. facundo jose pesoa dice

    hola chicos, antes que nada espectacular toda la info ! Me ha quedado una duda Tengo licencia de comidas para llevar, lo que voy a hacer es pasarme a una licencia nueva de bar cafeteria, pero cuento con un solo baño adaptado y con medidas en regla. Necesito hacer otro baño o con uno solo ya basta (teniendo en cuenta que mi local tiene una superficie de 50mt2 y un aforo de 7 personas)

    1. Juanjo dice

      ¡Hola! Estoy en Valencia y quiero abrir una tienda gourmet de alimentación, y que tenga una barra de degustación y/o mesas, donde los clientes puedan consumir bebidas y comida. La idea que llevo, es que consuman los alimentos (en conserva, o preparados por un catering ya que el local no dispone de salida de humos) y las bebidas que puedan encontrar en el área de tienda.
      ¿No sé qué aparatos podría utilizar para que no fuera necesario tener cocina con salida de humos? ¿Plancha eléctrica? ¿horno? ¿freidora eléctrica? ¿Se puede instalar algún sistema que cumpla la normativa de humos pero sin salida? ¡Muchas gracias!

  4. Felipe dice

    Si una cafetería tiene dos entradas independientes, deben de estar ambas entradas adaptadas (con rampa,etc)??

    1. expomaquinaria dice

      Por lo menos una de ellas debe estar adaptada y dar acceso al local

  5. Alexander dice

    Hemos comprado un local y queremos colocar un estudio de grabación con área de oficina y una cafetería. ¿Es posible abrir estas dos actividades en un mismo espacio? La cafetería tendrá un aforo de unas 30 personas. ¿Tenemos dos baños pero no son accesibles para personas con discapacidad, podemos tener un solo espacio de baño para todos los usuarios o debemos tener dos y uno acondicionado para la silla de ruedas? Gracias, muy interesante la información y todos los comentarios.

  6. DANIELA dice

    HOLA UNA CONSULTA TENGO UNA HELADERIA DE 54 M2 EL ALMACEN Y BAÑO SE ENCUENTRAN EN EL SOTANO POR LO QUE ME INDICAN QUE DEBE ESTAR EN PRIMERA PLANTA POR QUE NO CUMPLE LA NORMATIVA LA PREGUNTA ES QUE SI O SI TENGO QUE TENER 2 BAÑOS UNO PARA HOMBRE Y PARA MUJER

    1. expomaquinaria dice

      Imagino que están hablando de la normativa de accesibilidad para minusválidos, si es licencia antigüa en principio no deberías estar obligado a hacer un nuevo baño en la primera planta.

  7. Andrés dice

    Hola, tengo un bajo con una altura de 2,84 ¿puedo optar a la licencia de café cantante con esa altura? Gracias

    1. expomaquinaria dice

      El problema seguramente lo tengas en la insonorización ya que requieres un mínimo de 90 DB para música en directo y ese tipo de insonorización ocupa un espacio importante en suelos y techos; por lo que te quedaría por debajo de 2,50 que es la altura mínima que aceptan muchos ayuntamientos.

      1. Ana dice

        Buenos días,
        Ante todo muchas gracias por explicar todo al detalle pero me quedan varias dudas a ver si pueden ayudarme.
        Quiero montar una tienda productos ecológicos con unas 5 mesitas en el interior. El local que tengo en mente es de 54 m2. Con posibilidad de algunas mesas fuera (terraza) quiero tener una zona de trabajo con horno doméstico, dos fuegos eléctricos, tostadora y cafetera (con su correspondiente campana estractora) . Y del otro lado el mostrador. ¿Podría tener un baño adaptado para minusvalídos con antebaño y la zona de trabajo descrita o también es necesario un almacén?¿Es necesario tener baño y taquillas para el personal aunque seamos dos trabajadoras?
        No se dónde puedo preguntar todas estas dudas.
        ¡Gracias de antemano!

  8. Edagar dice

    hola buenos días tengo un bar con licencia de mas de 40 años, el baño de hombres es muy pequeño, tiene una puerta que separa el inodoro del baño, mi pregunta es si puedo quitar la puerta y unir todo el baño a una sola puerta ya que en la entrada no tiene puerta y solo tiene una doble pared que le impide tener visibilidad .

    1. expomaquinaria dice

      Yo no tocaría nada, si tienes una inspección y hay cambios en un local de licencia antigüa es posible que te obliguen a adaptarte a la nueva normativa.

  9. Max dice

    Hola buenas noches, estoy pensando abrir un pequeño bar y un karaoke al mismo tiempo, con 20 y 30 personas incluidas dentro de cada una respectivamente¿ cuanto de área necesito aproximadamente para cada una de ellas?

    1. expomaquinaria dice

      No entiendo la pregunta ¿Estan los dos juntos en el mismo local?

  10. Manuel dice

    Hola,estoy mirando un local de 35 m2 para montar un bar en Cadiz mis dudas, puedo poner un solo aseo que sea mixto y accesible o tengo que tener uno accesible y otro wc ,si es dos puedo tener el lavamanos en el vestíbulo ?
    Gracias

    1. expomaquinaria dice

      En locales pequeños por lo general se permite un baño, que deberia ser adaptado a minusválidos

  11. yess dice

    Buenas noches quisiera saber si me pueden ayudar con un proyecto, mi restaurantes es para 250 comensales, cuantos m2 por áreas necesito mínimo? gracias de antemano

    1. expomaquinaria dice

      Es necesario que busques un técnico que mida los espacios y te proponga una distribución adecuada cada ayuntamiento tiene diferentes normativas sobre el nº de baños por aforo del local así como el tamáño mínimo de cocina. Tambien es importante contar con una empresa especialista en cocina industrial (como la nuestra) para que distribuya los espacios dentro de la cocina; una cocina mal diseñada provocará que el servicio de comidas sea literalmente «un infierno» .

  12. Fabio dice

    Cuanto baño tiene que tener un local bar con comida caliente..?
    Por lo que he entendido 2.. Uno mujer y uno hombre.. Uno de los 2 para discapacidado.. Me gustaría saber.. Lavabo y urinero a parte la taza?
    Tiene que tener una entrada antes de los 2 baño?
    Medidas minima?

    1. expomaquinaria dice

      Cada ayuntamiento tiene ordenanzas distintas, las de medidas mínimas exigidas para los baños generalmente es de 1,2 x 0,9 M; tambien la cantidad de los mismos depende del aforo por ejemplo en barcelona hay la siguiente ordenanza:

      «Los bares y restaurantes deben tener servicios higiénicos a disposición del público y el acceso a los recintos que contienen el váter debe realizarse a través de un vestíbulo previo (acceso indirecto). La dotación mínima de servicios higiénicos se define explícitamente en las ordenanzas de algunos municipios, y recientemente en el reglamento de espectáculos (DC112/10).»

      Esta regulación se establece siempre en base al parámetro de aforo: más clientes, más baños.

      Según el artículo 47 del DC112/10 (Cataluña), la dotación de los servicios higiénicos de bares y restaurantes debe ser la siguiente:
      Hasta 50 personas de aforo: 1 lavabo y 2 cabinas
      De 51 a 150 personas: 2 lavabos y 4 cabinas
      De 151 a 300 personas: 2 lavabos y 6 cabinas

  13. Daniela dice

    Hola, disculpe cuantos metros cuadrados tiene una cafetería?

    1. expomaquinaria dice

      No hay ningun limite en cuestión de metros cuatrados, se denomina cafetería por que su principal producto es el café y aquellos relacionados con el café (En realidad todos los bares son cafeterias, incluso las licencias se denominan BAR / CAFETERIA)

  14. olga dice

    Hola. tengo una pequeña panadería 28m2, quiero poner terraza, puedo usar solo un baño grande de 4m2 para uso general?

    1. expomaquinaria dice

      No, si pones terraza te aplicaran la normativa de bares por lo que necesitarias dos baños y uno de ellos con acceso minusválidos. No obstante si es un ayuntamiento pequeño puede hacer la vista gorda. Lo mejor es consultar en el departamento de urbanismo de tu ayuntamiento.

  15. n dice

    Hola,

    tengo un bar de unos 40m2 con 2 pequeños baños sin acceso a minusvalidos… hay ke subir 4 escalones para acceder a ellos… la adaptacion a minusvalidos es casi imposible
    me gustaria saber cual es la normativa al respecto, quiero traspasar y me estan haciendo muchas preguntas al respecto

    gracias

    1. expomaquinaria dice

      Si es una licencia antigua, en principio no estás obligado a cumplir con las normas de accesibilidad, simplemente se traspasa la linencia y no hay que hacer cambios en el local; tambien en licencias nuevas puede haber excepciones a la norma por imposibilidad de adaptar el local.

  16. Alex dice

    Hola buenas,

    voy a abrir una crepería/gofrería en un local pequeño (24m2) en un mercadito de Alicante. Quería saber por favor cual es la medida de ancho mínima para el hueco de acceso a la barra. He dejado un ancho de 0,75m entre la barra y la pared, ¿es suficiente? ¿cumple con lo establecido en la normativa?
    Solo tendría como dos trabajadores…

    Un saludo y muchísimas gracias.

    1. expomaquinaria dice

      El acceso de 75 cm es suficiente, no hay normativa al respecto, el interior de la barra es recomendable al menos un metro

    2. Lucia dice

      Buenos días, estoy trabajando en una panaderia a la que todavia,despertar de 3 meses no le han colocado la puerta de entrada. El mostrador se ubica a 1 1/2mts de la acera…al lado hay una obra y es una zona que hay mucho transito ,además del viento en esta época..
      Entra mucho polvo ,hojas hasta bolsas de la calle…es esto denunciable?

      1. expomaquinaria dice

        No hay una normativa que obligue a poner puertas a un local, exceptuando los locales con musica, si que es habitual que los locales sin puertas coloquen cortinas de aire para aislar el interior del exterior, por temas de climatización o de polvo y similares.

        1. carmen dice

          ¿Como que no es obligatorio poner puertas? en la Ley 7/2002 de 3 de diciembre de la Generalitat Valenciana, establece que las actividades molestas, entre ellas los bares aunque no tengan música, deben realizar insonorización de fachada para que las molestias del interior no salgan al exterior (gente, menaje, arrastre de mobiliario, etc.), por lo tanto si un local carece de puertas no entiendo que insonorización se puede realizar.

          1. expomaquinaria dice

            Hola carmen mi respuesta es para locales tipo take-away, comercios, panaderias que en principio no són molestas. Los bares están obligados a tener puertas y si tienen musica doble puerta.

  17. EDUARD dice

    buenos dias ,tengo un restaurante de dos plantas y encima ya no hay mas plantas, la salida de humos tiene q salir por la pared del edificio pegado al mio que es de 4 plantas.
    El propietario del edificio me exige pagar una cuota mensual por derecho de passo.
    Esto es legal?

    1. expomaquinaria dice

      Tambien puedes poner una chimenea autosustentable y no pagsarle ni un euro.

  18. Joaquín dice

    Hola,muy buenas.tengo un restaurante en Barcelona capital.el poblema es el local muy pequeño,ya no hay más espacio para ampliar el baño,el preguntas es el baño se puede solo hacer uno vate,para hombres y mujeres junto ,y colocar uno cosa solo para hombre hacer pis? Muchas gracias .

    1. expomaquinaria dice

      Este 2018 han entrado nuesvas normativas sobre baños, en barcelona los establecimientos con un aforo superior a 16 personas necesitan dos baños completos para hombres y mujeres.

  19. Mercedes dice

    Buenas tardes,

    Vamos a realizar una reforma en un pequeño restaurante de Madrid construido en los años 90. Su superficie es menor a 200 m2 y el aforo no llega a 50 personas.
    Queríamos redistribuir los dos aseos y eliminar la puerta entre lavabo e inodoro ( hacer un baño convencional como el de cualquier vivienda) y acceder a ellos directamente desde el comedor. ¿Es posible? En caso contrario qué normativa es la que lo regula?. He consultado la Ordenanza de Protección de la salubridad Pública en la ciudad de Madrid de 2014

    Al ser locales con cierta antigüedad, no sería necesario adaptar los aseos para minusválidos. Dicha antigüedad nos eximiría de más normas?

    Por último quería saber si sería necesario disponer de un aseo para el personal.

    Muchas gracias de antemano

    1. expomaquinaria dice

      Al realizar un nuevo proyecto son de aplicación las normas actuales o sea que no te libras. Puedes consultar la Instrucción 3/2011 de la Coordinadora General de Urbanismo relativa a los criterios aplicables para la exigencia de servicios higiénicos en locales.
      No es necesario un aseo solo para personal.

  20. Estefanía dice

    Hola trabajo en el Office de un restaurante grande y con bastante trabajo…la cuestión es que la máquina está en el suelo y la mesa donde ponen los camareros los platos es muy pequeña ….esto está permitido?

    1. expomaquinaria dice

      Me estas hablando del lavavajilas? – En principio no hay una norativa al respecto, por tanto prohibido no está.

    2. Ferran dice

      Quiero pasar la pequeña cocina de la cafetería al almacén del sótano para re distribuir, que es necesario?

      1. expomaquinaria dice

        Los sotanos y las cocinas no se llevan demasiado bien; en cocina profesional en la mayoria de ayuntamientos prohiben las cocinas de gas en sótanos; por lo que el primer problema lo tienes en que todo debe seer electrico y eso implica un coste muy elevado de produccion de comida.

  21. Javidan dice

    Hola.
    Tengo un local de comidas para llevar en Valencia Capital. La sanidad me dijo que tengo que tener una puerta de separación entre almacén y aseaos. Me gustaría saber que tipo de puerta tengo que poner (metal, plástico, madera) y que medidas tiene que tener la puerta según la normativa. Podrían ayudarme en eso?
    Vuestro post de momento es la más eficaz que he encontrado.

    1. expomaquinaria dice

      A nivel sanitario seria mejor un material no poroso, hay puertas metálicas pintadas en epoxi (la denominan puerta trastero hay en 60-70-80 cm) muy baratas que te sirven y que seguro que no te pone problemas sanidad.

      1. Eva dice

        Voy a hacer una reforma en un local de 80 m2 para bar cafeteria y quería saber si hay unas medidas por normativa para la cocina .

  22. camilo chaparro dice

    que altura es la recomendada para un restaurante de 150 m2. si se pienza utilizar para eventos ocasionalmente?

    1. expomaquinaria dice

      Una altura baja (2,50 metros) aunque sea legal nos va a hacer pequeño el local, yo te recomendaría alrededor de 3 metros o un poquito más

  23. Jose antonio dice

    Hola buenos días tengo un restaurante y estoy ampliando la cocina me gustaría saber si me podíais ayudar en la pregunta que os hago. la puerta de la cocina con acceso al salón debe de tener unas mínimas medidas o tiene que ser puerta de vaivén o puede ser corredera muchísimas gracias

    1. expomaquinaria dice

      Es recomendable que sea de vaiven (con ojo de buey) para que no se vea el interior de la cocina y de 2 metros de ancha a ser posible. Pero en muchos sitios no es posible y se usan puertas correderas y incluso abatibles.

  24. Raul dice

    Puede un bar tener una puerta de acceso con una altura de 1,70m?

    1. expomaquinaria dice

      No la altura que deben tener las puertas de un local público es: 2,10 m y 2 metros en puertas de uso interno restringido.

  25. CT dice

    Buenas tardes,
    Para obtener una licencia de restaurante con cocina en Barcelona, se necesita hacer una cocina accessible ? es decir podríamos tener la cocina en el altillo o tiene que ser en planta baja?

    1. CT dice

      Tambien me pregunto que tipo de licencia tendría un McDonalds en Barcelona para que pueda vender comida todo el día ademas del take-away?
      Entiendo que con una licencia restaurante solo se pueden vender comidas y cenas, y de otra parte con una licencia bar-restaurante tan poco se puede vender comida cocinada fuera de los horarios de comida y cena.
      Muchisimas gracias 🙂

    2. expomaquinaria dice

      Nosotros hemos hecho cocinas en altillos pero suelen ser bastante incómodas, otro tema es en sótanos que ponen muchos problemas por el tema del gas y obligan a ser eléctricas.
      Respecto al tema accesible, seguro que es obligatorio que cumplan la altura reglamentaria que sería de 2,50 metros y que la escalera de acceso tenga al menos 1 metro de anchura.

  26. Herminio Rodríguez Molinuevo dice

    Buen día. Somos dueños de un bar en Bilbao abierto desde el año 72 en el cual se han dado siempre menús del día hasta hace un par de años en que solo se cocinan pinchos y raciones. Nunca hubo problema o queja hasta hace poco. La extracción de humos va a la calle como originalmente y no a cubierta (opción no posible). Hay un solo vecino (distante de la salida de humos) que manifiesta ahora problema de olores y nos amenaza con denunciar. ¿Qué podemos hacer?
    Gracias y Saludos

    1. expomaquinaria dice

      La única solución es instalar un sistema de depuración sin humos, si llamas a nuestro departamento comercial 976 02 88 88 te orientarán al respecto y pueden prepararte un presupuesto estimado. En este artículo tienes más información sobre estos sistemas: https://www.expomaquinaria.es/wpblog/2015/10/09/campanas-extractoras-sin-salida-de-humos/

  27. extractores de baño, dice

    ¡Hola! En primer lugar daros las gracias por toda la información, me ha gustado mucho el post. Deciros, por si puede servir de ayuda, que para que me dieran la licencia de apertura de mi bar tuve que colocar extractores de baño en todos los baños (mujeres, hombres y el de personal). Y todo tenia que estar adecuado para los discapacitados. Es decir, cuando alguien entra en el baño de manera automatica se enciende la luz y el extractor. ¡Saludos!

  28. Olivia Pinzon dice

    Cual es la diferencia real entre tener una licencia una cafeteria bar y un restaurante bar?

    Según entiendo se pueden servir alimentos cocinados en fogueo en ambos por lo que no llego a comprender su diferencia real. o es muy sutil?

    1. expomaquinaria dice

      La verdad es que són casi lo mismo aunque normalmente las cafeterias no hacen tapas, esta sería la definición:

      Bar y Café-Bar:
      Establecimiento fijo o desmontable de pública concurrencia, cerrado, cubierto, semicubierto o descubierto
      donde se sirve al público de manera profesional permanente, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador, aunque también puede servirse en mesas, bebidas. Se permite servir tapas, bocadillos, raciones y similares, siempre que su consumo se realice en las mismas condiciones que el de las bebidas y no implique la actividad de restauración

      Cafetería:
      Establecimiento de pública concurrencia cerrado y cubierto donde se sirve al público, de manera profesional y permanente, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador, aunque también puede servirse en mesas, bebidas y comidas a cualquier hora en las que permanezca abierto el establecimiento, confeccionados normalmente a la plancha o cualquier otro método que permita servir una comida rápida.

      1. Antonio Bernal Lucas dice

        hola
        tengo una tienda en un oueblo de Castellon en la que vendo carne productos de charcuteria como jamon y queso y ademas tengo unas 600 referencias de vino y cava
        mi pregunta es si quisiera poner una barra para servir los productos y copas de vino
        lo que sería una barra degustacion
        que cual sería el epigrafe y que reformas tendria qu hacer en el local , como acondicionar cuartos de aseo etc?

        1. expomaquinaria dice

          Hace algunos años se permitian zonas de degustación en tiendas de alimentación, actualmente suelen aplicarles la normativa para bares y restaurantes que es mucho mas restrictiva y ademas de los baños contempla temas como la insonorización y el cumplimiento de la normativa anti-incendios. O sea lo que se denomina licencia de actividad clasificada, en tu caso serían dos licencias una de bar y otra de tienda.

  29. Oscar dice

    Antes que muchas gracias, por esta labor informativa.
    Me gustaría ver si pueden ayudarme con un tema. Tengo una pastelería/panadería y algunas mesas para tomar café. Esta ubicada en Madrid (zona Retiro) el local es de dos plantas 99m2 en planta calle y un sótano de 84m2. Tenemos dos baños para el publico en los sótano. Mi pregunta es: ¿debo habilitar un espacio para servicios de minusválidos?

    1. expomaquinaria dice

      Si la licencia es antigüa no es necesario, otra cosa es que se produzca un cambio de titularidad y el ayuntamiento considere que es necesaria esta adaptación, aunque normalmente no suelen meterse con estos temas. El tema de las mesas para cafe en panaderias /pastelerías en loas cuales hace unos años se permitia el poner mesas altas sin cumplir requisitrosde licencia de cafetería parece que ha terminado.
      En muchos ayuntamientos están exigiendo que se adecuen a la normativa de cafeterias cumpliend las ordenanzas; si este es el caso tendrás que adecuar de alguna manera esos baños o colocar algun ascensor de escalera adaptado.

  30. Javier dice

    Hola, estan permitidos los baños mixtos?

    1. expomaquinaria dice

      El número de baños depende del tamaño del local, por lo general los planes de urbanismo en locales públicos suelen tener dos baños exceptuando locales pequeños o de licencia antigüa. Deberias revisar el PGOU de tu ayuntamiento para ver lo que piden.

  31. Alberto dice

    Hola. Quiero hacer una modificación en el bar que tengo. Actualmente tiene doble puerta de acceso con descansillo entre las dos y me gustaría poner solo una. Puedo hacerlo o estoy obligado a tener doble puerta? Como nota digo que tengo licencia de bar de 8 a 22 horas con aparato de música. Y la provincia es Zaragoza

    1. expomaquinaria dice

      Normalmente los bares con equipo de música requieren de doble puerta; si el bar reune condiciones lo que deberías es pedir una ampliación de horario hasta la 1:30 que seguro que te será mas rentable que quitar la puerta.

  32. ENCARNI dice

    Hola. Quiero abrir un bar cafetería. No quiere invertir mucho en principio y quería abrir sin cocina. ¿ puedo tener una plancha? ¿ qué tipo de comidas puedo servir? Si tuviera éxito y pudiera acondicionar la cocina ¿qué trámites legales tendría que hacer? ¿ tendría que pedir otro permiso de apertura? Gracias

    1. expomaquinaria dice

      Para poner una plancha necesitas salida de humos, sin cocina no puedes servir comidas sólo platos frios o los que puedas elaborar con un pequeño horno o un microondas o una plancha-grill para sanwiches. Para hacer una cocina hay que presentar un proyecto nuevo al ayuntamiento y eso requiere de un ingeniero que te prepare el proyecto y la zona lo permita.

  33. FERRAN dice

    Tengo un bar restaurante en Barcelona desde hace 29 años. Capacidad de menos de 50 personas incluida la terraza. Lavabos 2 cabinas y un vestíbulo con un lavamanos. He recibido notificación del Ayuntamiento que para la licencia definitiva de la terraza he de ampliar un lavamanos mas.
    Puedo ubicarlos en el vestíbulo comunitario o ha de estar en el interior de las cabinas hombres- mujeres? Ha de tener unas medidas mínimas?

    1. expomaquinaria dice

      Lo mejor y más facil es colocarlo en el vestíbulo comunitario.

  34. Leiza dice

    Hola. Quiero abrir una casa de comida con dos baños. Es necesario un 3ro para discapacitados? Entran alrededor de 5/6 mesas chicas.

    Y para otro con solo barras cuantos baños necesita? Gracias !

    1. expomaquinaria dice

      Con esos datos no podemos aconsejarte correctamente, los baños dependen de los metros y del PGOU de tu ayuntamiento, lo mejor es que te acerques a urbanismo de tu ayuntamiento y lo preguntes.

  35. Sonia dice

    Buenas,quisiera abrir un asador de pollos en el paseo maritimo de una playa,tiene sobre 40m,dos baños,almacen y espacio para cocina,la idea segun el tecnico seria para poder ampliar el baño y adaptarlo a minusvalidos (los baños son muy pequeños y hay mala distribucion),me pide una antesala a los dos baños y ke elime el almacen para añadirlo al baño minusvalidos,es el orden ke debo seguir?,luego en parte de la cocina podria hacer un pequeño almacen?,hay medidas minimas?,con esto y rampa de acceso tengo entendido de 1’20de ancho seria necesario algun habitaculo mas?,tendria terraza tambien,graciasss!!.

    1. expomaquinaria dice

      Hay que leer el PGOU del ayuntamiento; en la mayoria de poblaciones solo requieren un baño adaptado para locales de mas de 100 mts2 por lo que este caso no requeriría de hacer baño para minusválidos.

  36. Josefo dice

    Muy buenas, me gustaría saber si, ¿se podría colocar una rampa de «quita y pon» para discapacitados (con sus medidas e inclinación adecuadas) o se podría utilizar la acera como parte de la rampa?.

    Gracias por su atención!

    1. expomaquinaria dice

      La rampa de acceso debe estar dentro del local; no puede utilizarse la acera para poner la rampa ya que sería un obstáculo para los peatones.
      Las rampas de quita y pon no están permitidas, aunque puedes hacer rampas en cualquier material que no sea deslizante.

  37. María dice

    Hola,

    Tenemos muchos problemas con el inquilino de un bar y hoy hemos ido a ver el expediente del local.
    Anteriormente había otro inquilino y el actual lo que ha hecho es un cambio de titularidad.
    La licencia inicial data del año 1997 y según nos hahanicho el ayuntamiento no la vuelve a revisar cuando existe cambio de titular. La cuestión es que no consta el aforo del local y además la normativa relacionada con la insonorización es posible no esté actualizada desde entonces.
    Dónde podemos acudir para que hagan una inspección de esto? Ya que al parecer el ayuntamiento no las hace periódicamente.

    Muchas gracias.

    1. expomaquinaria dice

      Las áreas de urbanismo de los ayuntamientos són las que se encargan de estos témas.

  38. Fran dice

    Hola y gracias por vuestra atencion. Por un lado queria consultaros sobre la licencia de restaurante, en andalucia me dicen en el ayuntamiento que es incompatible con musica, nuestra intencion es de simplemente un hilo musical ambiental, no conciertos, pero solo nos permiten una television sin altavoces añadidos, solo con los que incorpora el propio televisor. ¿hay alguna forma legal de poder tener musica en nuestro restaurante legalmente?. Si la permiten con la licencia de bar, pero no nos queda claro que diferencia hay entre licencia de bar y restaurante, la maquinaria? la potencia electrica? sabrian por que permiten la musica en un bar y no en un restaurante que suele generar menos ruido que un bar? Otro tema es el de la insonorizacion. Estamos obligados ha hacer una insonorizacion o podemos antes de hacer la obra algunas pruebas para ver si ya el local de por si soporta acusticamente la normativa, o hacer estos ajustes acusticos con elementos del propio local? tenemos que insonorizar todo el local o solo las partes que colindantes con vecinos? ya que practicamente el 70 por ciento del local da hacia la calle. Gracias por vuestra ayuda.

    1. expomaquinaria dice

      El problema es que cada ayuntamiento entiende las cosas como quiere; en los restaurantes los ayuntamientos no ponen problema con música ambiente (siempre que sea música ambiente con un volumen bajo); el hard rock café tambien es un restaurante y la música es alta.
      La diferencia entre un bar y un restaurante es que los bares no pueden tener «menus»; si que pueden vender platos combinados y los platos que les plazca pero no como «menu»; seguramente se ajuste más la licencia de bar o bar-restaurante a vuestro propósito.
      Los bares y restaurantes són actividades clasificadas por lo que necesitan tener un nivel de insonorización; para averigüarlo lo normal es hacer una prueba inicial para saber que necesitais para cumplir la normativa.

  39. Juan dice

    Hola. Mi preginata es, puedo tener en el exterior de mi local una mesa fria de ensaladas? Para poder hacer las ensaladas frente al cliente pero en el exterior. Gracias

    1. expomaquinaria dice

      Ya sabes que estos temas los permiten en unos sitios si y en otros no, depende del ayuntamiento; si es una zona turística de costa no suelen poner problemas, a nivel sanitario al estar los ingredientes en frio (y tapados) no debería haber problemas.

      1. Juan dice

        Muchas gracias por su respuesta y buen trabajo.

  40. Elena dice

    Tengo un bar de tapas pequeño, vamos a comprar un pequeño local que está a 3 metros del bar. Mi pregunta es si es posible usarlo como ampliación para comedor, con el servicio de barra y aseo en el bar

    1. expomaquinaria dice

      Si no tiene conexión directa con el bar no te lo van a admitir ya que sería necesario salir a la calle para hacer el servicio.

  41. jose Mª dice

    ¿donde se puede obtener información sobre las medidas que deben tener las mesas y sillas de los bares y cafeterías?

    1. expomaquinaria dice

      No hay una normativa al respecto, pero las medidas habituales són 60cm (redonda o cuadrada) para cafeterías (con poca comida) – 70 cm para bares en general y comida de menú – 80 a 90 cm en restaurantes de carta.

  42. Albert dice

    Buenas Tardes,
    Estoy pensando en reformar unos bajos para poner una cafetería en Tarragona. El local mide 30m2 y la terraza 30m2, sólo pondría mesas en la terraza. Tengo la obligación de poner un baño para minusvaliados + uno para mujeres? Me bastaría con poner uno solo para minisvalidos? Podría incluso no poner baños?
    Gracias de antemano.

    1. expomaquinaria dice

      Cada ayuntamiento tiene su normativa y es posible que para un local tan pequeño no de den permiso nuevo, además debes contar la insonorización obligatoria que se te comera 15 cm en el perímetro del local por lo que has perdido varios metros más.

  43. Raul dice

    Hola ,me gustaría saber si hay alguna ordenanza para las medidas de las puertas, estoy abriendo una cocina central de catering y no se si hace falta que las puertas tengan unas dimensiones específicas,tanto en cocina,office, almacen,etc. Gracias

    1. expomaquinaria dice

      El codigo técnico de edificación y en especial las normas referidas en cuanto a seguridad ante incendios (Consultar DB-SI/3) establecen unas medidas según el paso estimado de personas, en una cocina central yo te recomentaría unas puertas de vaiven con un ojo de buey para evitar accidentes (choques entre operarios) y de unas medidas de 1 metro cada hoja (2 metros de puerta), por lo que superas ampliamente lo indicado en el CTE. en este caso es más una Cuestión de comodidad para entrada y salida de carros hacia la cocina. Respecto a office, almacén, etc.. te recomiendo puertas de la misma anchura para que séan cómodas para el paso de personas y productos.

  44. maria dice

    Es legal un burger king ademas nuevo que no es de construccion ni normativa antigua… que no tiene baños? Tiene sala y todo vamos que no es un puesto eta en la estacion de Atocha.

    1. expomaquinaria dice

      En centros comerciales los locales de comida no necesitan tener baños ya que se consideran válidos los existentes en el centro comercial.

  45. Miguel dice

    Buenas dispongo de un bar Frankfurt que lleva abierto desde el año 82 con la correspondiente licencia de entonces mi pregunta va referida a los baños y acceso de minusválido tengo un aforo de 45 personas estoy obligado hacer un acceso de minusválidos con su correspondiente cuarto de baño y mi segunda pregunta solo dispongo de un baño para mujeres y hombres también estoy obligado hacer 2 baños todo esto viene a que hace una semana se
    Me incendió el bar y los vecinos quieren que venga una inspección para que cuando abra este todo en normativa y es lo único que pienso que no tengo en normativa lo que no sé si me pueden obligar o cerrar el bar hasta que lo haga muchas gracias por su tiempo y un saludo

    1. expomaquinaria dice

      Es posible que si has tenido un problema grave como un incendio y los vecinos estan revueltos, desde el ayuntamiento es habitual revisen la liencia concedida y te obliguen a cumplir la normativa completa actualizada, si es así seguramente el hacer un baño accesible será el menor de tus problemas ya que lo primero que van a medir es el nivel de ruido y en el 82 no existia la obligación de insonorizar. La segunda parte la tendrás con la extracción (si tienes cocina), pueden pedirte un cambio de la chimenea por una EI-30 de doble pared y extinción en la campana extractora. Enfín espero que tengas suerte y no te mareen mucho.

  46. CCERRADA dice

    Gracias por ayudarme.
    En nuestra urbanización hay un restaurante. Nunca ha generado problemas. Ahora, el nuevo propietario ha multiplicado por mas de 10 el aforo del local abriendo dos terrazas.
    Querria saber si existe alguna relacion legal entre el aforo del local y el de las terrazas que pueda tener. En segundo lugar, si la misma cocina que estaba para el local original, con ese tamaño, puede dar servicio a una aforo tan desmedido; y por otro lado, cuales son los decibelios maximos q puede emitir un aparato de Aire Acondicionado.

    Como se puede entender son constantes los problemas de ruidos y olores que tenemos desde la apertura de las terrazas q ampliaron, de forma tan extendida, el aforo del local

    1. expomaquinaria dice

      Los permisos para el uso del espacio público los determina el ayuntamiento y dependen de muchos factores, lo que si puedes revisar es si la terraza está instalacda de forma legal cun una consulta en tu ayuntamiento. Respecto al tamaño de la cocina dependerá mucho del tipo de servicio que ofrezcan, me imagino que buscarán platos de fácil elaboración para no fallar en el servicio. El nivel de ruidos depende de la hora del día y suele venir determinado el el PGOU del ayuntamiento al que pertenezca.

  47. Nancy dice

    hola, estoy teniendo problemas con un vecino, porque le molesta que la gente salga a fumar por las noches. y la pregunta es… ¿ puede denunciarme por tener en la calle (via publica) dos mesas para fumadores con dos sillas?. Se empeña en decirme que es ilegal. Gracias.

    1. expomaquinaria dice

      Si las mesas están autorizadas por el ayuntamiento «Es legal» si no pagas veladores «es ilegal» y pueden multarte. Además los veladores no pueden estar a todas horas, muchos ayuntamientos ponen horario hasta las 10-11 de la noche

  48. Anonimo dice

    En un bar que boy solo hay un water para hombres y mujeres.
    Y me da cosa casi poder entrar al consumir.
    Es legal.?
    Y casi es estrecho la pared colocada junto el wc a personas invalidas.
    Como se pone en conovimiento ese echo. Y a quien

    1. expomaquinaria dice

      Hay bares con licencias antigüas que no están adaptados a la nueva normativa, eso no quiere decir que sea ilegal o denunciable. En cualquier caso si no te gusta ese bar seguramente tienes muchas otras alternativas con equipamientos mucho mejores.

  49. Berta dice

    Buenos dias ante todo muchas gracias por vuestra ayuda, mi pregunta es, una barra de bar de discotecas para servir alcohol hay cuanto ha de medir de altura? De ancho? Las neveras a cuantos cm de altura minina han de estar? Y la ultima pregunta la salida y entrada a la barra que condiciones a tener? Muchas gracias

    1. expomaquinaria dice

      La altura habitual para una barra són 110cm y la anchura 60-70 cm.
      La entrada y salida debe sér lo más cómoda posible unos 60-70 cm (sobre todo si se entra y sale de la misma).
      Las neveras trasbarra (botelleros) suelen tener 85 cm de altura.

  50. Carnicería dice

    Hola
    Yo tengo una carnicería en Mataro, la monte hace dos años!! Él Artitecto mi obligó poner estalacion eléctrica nueva ,una rampa porque tengo un escalón de 10 cms y más cosas ….
    Lo hecho todo como manda la ley!!
    Pero ahora hay un marroquí está montando una carnicería a 50 metros de la mía …
    Tiene dos escalones cada uno de 20 cms sin rampa y creo que no hubo estalacion eléctrica como manda la ley.
    Pregunto: puedo denunciar y donde?!
    Gracias

    1. expomaquinaria dice

      En el área de urbanismo de tu ayuntamiento, aunque seguramente te lleves la sorpresa de que no existe ese negocio dado de alta.

  51. Antonio dice

    Buenos días, en primer lugar agradeceros la gran labor de información totalmente desinteresada que hacéis y la posible respuesta a mi consulta.

    Bien soy propietario de un local con licecnia de apertura de bar con música, y quiero poner poner terraza para el disfrute de los clientes y la normativa de andalucía prohibe las terrazas para este tipo de locales, al menos hasta donde yo conozco. ¿Sabéis si existe alguna posibilidad de hacer lo que pretendo?

    También estoy estudiando la posibilidad de solicitar la licencia de apertura en un local contiguo que poseo como bar sin música, cafetería, heladería,…, alguna actuvidad que si me permita poner terraza; y me surge la siguiente duda, ¿pueden compartir los dos locales los mismos servicos para el público(aseos)?

    Os estaría eternamente agradecido si me constestárais. Un saludo,

    1. expomaquinaria dice

      La verdad es que cada día nos poneis a prueba con estas preguntas de «EXAMEN DE DOCTORADO»; Efectivamente en en el Decreto 78/2002, de 26 de Febrero la junta de Andalucia prohibe la instalación de terrazas a este tipo de establecimientos. No obstante tambien es cierto que muchos municipios Andaluces se pasan «por el forro» esta norma permitiendo que los bares musicales tengan terraza siempre que no pongan música (aunque en muchos pueblos costeros tampoco la aplican o hay permisividad).
      Entonces la primera presunta que tienes que hacerte es ¿En mi municipio hay permisividad?; si la hay pues tranquilo; si no la hay pues la única solución el el local de al lado, pero al ser una licencia diferente requiere de que pongas baños.

  52. Manuela dice

    Buenas tardes
    me gustaría agradecerle de antemano su atención! Estoy empezando a mover mis primeros pasos, desarrollando un concepto de cafetería con pequeña elaboración de pastelería casera. No estoy interesada en abrir una verdadera pastelería, sino mas bien ofrecer algún complemento al elemento principal: un café de buena calidad! Aquí la pregunta: que tipo de licencia necesito en Barcelona para este tipo de comercio?
    Saludos

    1. expomaquinaria dice

      En barcelona hay un tipo de licencia de pastelería que permite poner hasta cuatro mesas altas (y sus respectivos taburetes) y por supuesto servir café o otras bebidas y los pasteler y pastas de la pastelería.

  53. Miguel dice

    Buenas tardes las dimensiones indicadas en su pagina:

    «»»Tamaño y altura de Baños:

    Dimensiones minimas cabina WC: 1,2 x 0,9 Mts»»»

    ¿son reguladas por alguna normativa particular?
    ¿son de obligado cumplimiento? o ¿son recomendaciones?
    Si estan reguladas. Podrian indicar cual es la norma.
    Muchas gracias

    1. expomaquinaria dice

      Las normativas y medidas mínimas suelen venir el el PGOU de cada ayuntamiento y suelen ser ligeramente diferentes de unos a otros, en el caso de que no lo indiquen debes remitirte al CTE (Código Técnico de la Edificación).

  54. Rafael Gomez Priego dice

    Hola. Mi consulta es sobre servicios .
    Se puede compartir el distribuidor de servicios.?
    Es decir si la cabina del vater tiene que ir precedida de un antebaño o distrbuidor, tiene que ser este individual para cada cabina? O se puede compartir el distribuidor para los dos baños.

    1. expomaquinaria dice

      Depende de la normativa de cada ayuntamiento, pero por lo general se acepta compartirlo.

  55. Antonio dice

    Buenos días.

    El otro día una clienta al entrar en mi comercio, al abrir la puerta de entrada se dió con la puerta en el pié y ahora a denunciado.

    La puerta en principio es una puerta normal no es automática ni nada, pero hay alguna normativa que tengan que cumplir las puertas de los coemrcios a parte de la anchura? si es así donde lo puedo ver? Muchas gracias y saludos.

    1. expomaquinaria dice

      Tendrás que revisar las ordenanzas de la ciudad donde vivas, lo normal es que la puerta abra hacia afuera (siempre en el interior del propio local); las medidas mínimas cambian según los ayuntamientos, La normativa general sobre puertas de entrada en pequeño comercio marca una anchura mínima de 80 cm. por dos metros de altura y 90 grados mínimos de apertura. Tambien se recomienda que desde la puerta pueda verse el interior (pero esto no es obligación).

  56. David dice

    Antes de nada agradeceros que realicéis este compendio de reglamentos y normativas.
    Me gustaría pediros, si es posible, si podéis completar este artículo tan interesante con la relación de normas, ordenanzas,… de donde han salido cada uno de los datos aquí recogidos, ya que no queda claro si es normativa estatal o local.
    Muchas gracias

    1. expomaquinaria dice

      Lo que indicamos en el artículo es un mix de normativas de las comunidades autónomas y ayuntamientos; casi todas las normativas coinciden mas o menos en muchas cosas, pero en este pais tenemos 17 reinos de Taifas y 9000 Califas legislando o sea que el caos está servido.
      Recogemos el testigo y vamos a indicar al final del post de que localidades hemos sacado la información.

  57. Angelo dice

    Hola buenas, hoy una mujer ha entrado en mi cafeteria con su moto para invalidos y estaba borracha.
    La puerta de entrada es grande peri la moto cabe por poco y le he dicho que no puede entrar con moto y me ha dicho que iba a denunciarme.
    Tengo baño para minsuvalidos y ademas la mujer solia aparcar fuera y entrar con muletas. Podria denunciarme por esto?
    Es la segunda vez que le he dicho que no entrara con moto.
    Me puede denunciar por eso?

    1. expomaquinaria dice

      Creo que el código de circulación prohibe conducir borracho, este tipo de motos no dejan de ser un vehículo; creo que deberías ejercer el derecho de admisión desde el punto de vista de la borrachera de la señora. No creo que ningún policía te denuncie por este hecho, además puedes alegar que en su estado puede causar lesiones a otros clientes.

  58. Zaheer abbas dice

    Tengo una pregunta que tipo de licencia es d’onde un local NÔ TIENE SALIFA DE HUMOS’ nô TIENE baños y TIENE terraza nô esta desnolizado non TIENE rampa para minusbalidos ni siquiera mide El techo 1’50 y TIENE monton de hornos y esta serviédo la comida 24horas?
    Esta en sanxenxo donde la policia local TIENE ley de la jungala y es moy corruption
    Espéro su respuesta gracias

    1. expomaquinaria dice

      Si crees que el local esta en situación irregular puedes denunciarlo en el área de urbanismo del ayuntamiento o en la policia local; este tipo de actividades clasificadas suelen inspeccionarse con frecuencia.

  59. Jose dice

    Siguiendo con la normativa del ayuntamiento para una tienda especializada en cafés con cafetera profesional, molinillos,……Y las preguntas:
    ¿y una tostadora pequeña de 250/350 gramos de café verde para el tueste, que tueste el café en el establecimiento, esta permitido o no?
    Ya que no puedo cocinar, asar, freír, y !!tostar!! al no tener salida de humos. ¿se puede tostar café verde?
    y ¿una tostadora de pan? para acompañar el café de degustación.
    ¿Se permiten o no los olores/humos que inunden todo el vecindario a café y a tostadas? al ser licencia de tienda sin salida de humos?
    Al ser licencia de tienda especializada en cafés. ¿Están permitidas las mesas y sillas que no sean propias de café? es decir, mobiliario para sentarse y degustar el café tostado con rebanadas de pan tostado, especifico de cafeterías?
    ¿Podría o no instalar mesas y sillas en la vía publica para degustarlos?
    Y la normativa de humos de tabaco, ¿Podría o no instalar a la entrada de la puerta de la tienda una mesa alta para fumadores?
    El Street marketing esta permitido o no, en el acceso o a cierta distancia de la tienda de cafés!!!!
    Ten en cuenta que no hay normativa sobre ello o no la encuentro.
    ¿Puedo poner en vía publica, en el exterior a la tienda, sacos de cafés o toneles de café o cajas de café con su logotipo e indicaciones especificas de cada café? ya que es una avenida amplia con tilos.

    Y de nuevo muchísimas gracias por atenderme.

    1. expomaquinaria dice

      Cada ayuntamiento regula sus propias normas respecto al comercio por lo que deberias consultar el PGOU de tu Ciudad. Las tiendas de «CAFE» no suelen estar reguladas como tales, mas bien sería una cafetería con despacho de productos de alimentación. Lo normal es que te apliquen las dos normativas, es decir que te exijan espacios diferenciados para atender al público y para servir cafés.
      Hay unas máquinas pequeñas de tostar café que no suelen requerir salida de humos, no obstante la lógica indica que si provocas mucho olores en la calle o en el propio establecimiento lo normal es que acaben obligando a colocar una campana extractora.
      Los tostadores de pan no requieren salida de humos, respecto a colocar alguna mesa en via pública por lo general necesitas tener un ancho de acera mínimo de 150 cm para que te permitan colocar alguna mesa alta en el exterior (por supuesto pagando la tasa correspondiente).

  60. Jose dice

    Hola y gracias por la labor desinteresada de informar fehacientemente.
    Al acondicionar un local, me piden una puerta de entrada desde la calle para minusválidos de anchura mínima de 80 cm y la del lado izquierdo de similar longitud pero en total las dos puertas dan de amplitud total 1,65 metros.
    Pero el problema es que las puertas, tanto la del lado derecho como la del lado izquierdo dan a abrirla individualmente y la otra cerrada, una 77,50 cm (cerrada puerta izquierda)y la otra 75,50 cm (cerrada puerta derecha), a abertura de 45 grados, imposibilitando la entrada de minusválidos según técnico del ayuntamiento por cualquiera de las puertas.
    Pero al abrirlas las dos en un ángulo de 45 grados, dan una amplitud total de 1,65 metros, pero para el técnico municipal no dan las medidas para la entrada de la silla de minusválidos

    El vano de las dos puertas de entrada de la calle, da de amplitud total 1,65 metros. Entonces la puerta corredera del baño acondicionado para minusválidos da una amplitud de 80,50 cm, dando las medidas para el paso de una silla de minusválidos. No así la el vano de las dos puertas de la calle, de amplitud de 1,65 metros.

    Preguntas:
    !!!Tiene algo que ver legislativamente, que la entrada desde la calle al local tenga que ser obligatoriamente utilizada una sola puerta o se pueden abrir también las dos puertas al unísono para la silla de minusválidos!!!!

    !!!Al entrar una silla de minusválido por el vano de la calle al local, la amplitud según la legislación obliga a que sean cada puerta de 80 cm como mínimo, o que las dos puertas, juntas sean exactamente igual a (o mayor de) 80 cm!!!!!

    Entonces !!!!es necesario abrir según legislación una puerta o las dos puertas de la calle para que pase la silla de minusválidos!!!

    !!!Además de la legislación municipal, hay alguna normativa estatal u autonómica, si la hay ¿Cual?!!!!

    !!!Al técnico municipal como se le explica la diferencia entre puerta, vano, amplitud y anchura parcial y total según normativa, poniéndole un ejemplo practico!!!

    !!!AL ser permiso licencia municipal de tienda, lo puede utilizar obligatoriamente el sanitario (cuarto de baño) el cliente o se lo puedo impedir por no estar obligado como tienda a que lo utilice!!!

    !!!Al ser permiso licencia de tienda, el cuarto de baño de minusválidos es obligatorio hacerlo o no estoy obligado a hacerlo para minusválidos!!!!

    !!!Al ser permiso licencia de tienda, puedo tener una mesa y sus asientos para degustar y probar los productos o me lo impide la legislación del ayuntamiento!!!

    Pero según legislación Real Decreto Legislativo 1175/1990. Grupo 644 Epígrafe 644.1
    Faculta literalmente: Degustar los productos en el propio establecimiento acompañados de bebidas refrescantes

    !!!Como se le puede explicar con un ejemplo, al técnico del ayuntamiento que un Real Decreto es de rango superior a una normativa municipal!!!

    !!!A que se refiere y que son «bebidas refrescantes» y pueden contener alcohol o no!!!

    «Degustar los productos en el propio establecimiento», !!!se refiere degustarlos de pie o sentando en sillones, sillas, etc., con mesas u otra forma diferente!!!

    Y para no extenderme mas, según legislación Real Decreto Legislativo 1175/1990. Grupo 644 Epígrafe 644.1
    !!!Faculta literalmente o no para vender bebidas con alguna graduación alcohólica precitadas, sin abrirlas!!!!

    Gracias por atenderme.

    1. expomaquinaria dice

      Te vamos a dar un consejo, no es buena idea discutir con el técnico del ayuntamiento, respecto a la puerta de entrada por lo menos una de las hojas debería tener 80 cm, el otro lado si quieres puede quedar fijo. Si tu idea es crear un espacio gourmet y dar bebidas o que se puedan degustar los productos, pues lo normal es que te pidan un baño para clientes (que ademas tiene que estar adaptado a minusválidos).
      La autoridad que determina el tipo y uso de los locales comerciales son los ayuntamientos, cada municipio dicta su PGOU (plan general de ordenacion urbana) que determina el uso urbanistico. las normativas autonómicas o nacionales como el caso del RD 1175 solo se refieren a la parte de impuestos, que luego se aplicará o no en funcion de lo que dicte el ayuntamiento.
      Este tipo de espacios gourmet ya existen en muchos municipios y no debería haber mayores problemas para que te dieran una licencia de actividad, lo normal es que te pidan normativas similares a una cafetería.

      1. Jose dice

        Muchísimas gracias por atenderme y sigan haciendo tan enorme labor de divulgación para los que somos neófitos.

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